
Desde el mes de marzo de 2021, el Código Penal se ha reformado hasta en 8 ocasiones.
El número de modificaciones ascienda a más de 35 si tomamos como punto de partida el 23 de noviembre de 1995, fecha en la que se aprobó el conocido como “Código Penal de la democracia”.
Las cifras hablan por sí solas.
Esta enmienda continua de nuestro texto punitivo se acelera cada vez más, al albur de pasiones y campañas políticas, siempre alejadas del contraste y la reflexión técnica que deben acompañar a cualquier reforma legislativa.
Prueba de ello es el embrollo en el que se ha visto sumido el Gobierno con la entrada en vigor de la conocida Ley del “solo sí es sí”, pese a las advertencias y precisiones que ya había adelantado el Consejo General del Poder Judicial.
En el mismo sentido se ha manifestado este órgano constitucional con respecto a la Ley del Maltrato Animal, alertando sobre su defectuosa redacción y advirtiendo el choque frontal con el principio de proporcionalidad que su aprobación puede suponer.
El Gobierno ya ha manifestado que no atenderá las observaciones formuladas por el órgano de gobierno de los jueces.
¿Alguien se atreve a aventurar que trascendencia jurídica puede acabar teniendo esta nueva omisión?
La Ley debe redactarse con criterio y racionalidad, las consecuencias de modificaciones precipitadas pueden ser irreparables, minando la confianza de la ciudadanía en nuestro ordenamiento jurídico y erosionando el entorno de seguridad jurídica sobre el que se fundamenta nuestra sociedad.
Puedes consultar más información en este enlace de El País.