Nuestro país, como la mayoría de Estados miembro de la Unión Europea, no transpuso a tiempo la Directiva de Protección de Informantes a nuestra legislación interna antes de la fecha límite que se había fijado desde Bruselas, que se concretaba en el 17 de diciembre de 2021. 

 

Ahora bien, tras meses de incertidumbre, el 16 de febrero el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Protección de Informantes, por la que se armoniza a nuestro derecho nacional la Directiva (EU) 2019/1937.

Con 68 artículos, tres disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias y diez disposiciones finales, esta ley busca proteger a aquellas personas que detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves en un contexto laboral o profesional y decidan comunicarlas a través de los mecanismos regulados en la ley.

 

El objetivo principal de esta ley es garantizar la protección de aquellos trabajadores que decidan formular una denuncia y evitar cualquier tipo de represalia por parte de sus empleadores. Además, se establece la obligatoriedad, para las empresas de más de 50 empleados, de implementar un canal de denuncias anónimo y seguro para los trabajadores, lo que supone un paso importante hacia un entorno de trabajo más justo y seguro para todos.

 

Desde el despacho de abogados penalistas Zegrí + Olivar, nos preocupamos por nuestros clientes y su tranquilidad. Por eso, estamos atentos a las últimas novedades en materia de Derecho Penal y Compliance, trabajando constantemente para garantizar que nuestros clientes estén siempre informados y protegidos ante cualquier contingencia.

 

Si tienes alguna pregunta sobre  la reciente aprobación de la Ley de Protección a los Informantes o cualquier otro asunto relacionado con Derecho Penal y Compliance, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

 

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